Esta traducción se ofrece para facilitar la lectura. La versión alemana es la jurídicamente vinculante.
Condiciones generales
de contratación
Versión 2.0 del 15/05/2024
1. Ámbito de aplicación
(1) Las presentes condiciones generales de contratación se aplican a todas las relaciones comerciales entre el proveedor y el cliente que sea empresario (§ 14 BGB).
(2) Estas condiciones generales se aplican a todos los contratos en virtud de los cuales el proveedor presta al cliente servicios de programación y asesoramiento.
(3) No se aplicarán las condiciones comerciales del cliente que sean contrarias, complementarias o diferentes, salvo que el proveedor haya aceptado expresamente y por escrito su aplicación. Esta reserva de consentimiento se aplica en todos los casos, en particular cuando el proveedor, conociendo las condiciones contrarias o diferentes del cliente, preste o acepte del cliente servicios sin reservas ni objeciones adicionales.
2. Objeto del contrato
(1) El objeto del contrato es la app, el software o el servicio de desarrollo que el proveedor deba desarrollar y entregar al cliente, o un servicio de asesoramiento.
(2) Salvo pacto en contrario, la entrega del código fuente no forma parte del objeto del contrato.
(3) El proveedor trabaja conforme a los principios de la metodología ágil. Al inicio del proyecto, las partes definen los requisitos y servicios que, en principio, se deben implementar. No obstante, el resultado de esta especificación puede adaptarse y modificarse mediante historias de usuario como consecuencia de la colaboración del cliente en el desarrollo ágil. Las historias de usuario definidas por las partes constituyen los servicios que el proveedor debe prestar durante el sprint. Salvo pacto en contrario, el proveedor no está obligado a instalar el posible software en el hardware del cliente ni a publicar la app en la tienda de aplicaciones correspondiente.
(4) El proveedor se compromete a asesorar al cliente en la medida necesaria para alcanzar los objetivos del contrato. El asesoramiento abarca la entrega, instalación, adaptación, puesta en marcha y formación, según lo establecido en el contrato.
(5) Los servicios indicados en los apartados anteriores del § 2 constituyen en su conjunto el objeto del contrato. Las partes acuerdan que forman una unidad tanto económica como jurídica.
3. Fechas y plazos
(1) Las fechas y los plazos para el inicio y la finalización de los trabajos de programación solo serán vinculantes si las partes contratantes los acuerdan expresamente por escrito o el proveedor los confirma expresamente por escrito.
(2) En caso de cumplimiento tardío o incompleto de las obligaciones de colaboración del cliente o de fuerza mayor, las fechas y los plazos se ampliarán por un periodo razonable.
(3) Si los trabajos de instalación que el proveedor deba realizar en las instalaciones del cliente conforme al contrato requieren ampliaciones de hardware o software, el plazo de disponibilidad también dependerá del suministro por parte del proveedor del cliente. Los retrasos derivados de ello no serán imputables al proveedor. Tampoco serán imputables al proveedor los retrasos en la disponibilidad de las apps en las respectivas tiendas de aplicaciones.
(4) Salvo pacto en contrario, los sábados, domingos y todos los días festivos nacionales y del estado federado no se consideran días laborables. El horario de trabajo habitual del proveedor es de 08:00 a 16:00.
4. Colaboración del cliente
(1) El proveedor ejecutará el proyecto conforme a los requisitos específicos del cliente. Dentro de lo razonable, el cliente está obligado a colaborar de forma adecuada. Esta obligación es una obligación principal.
(2) La obligación de colaboración comprende, en particular, la aportación de la información necesaria de carácter informático y organizativo del proyecto (hardware y sistemas operativos, software estándar utilizado, organigramas, etc.), así como, en su caso, del hardware en el que deba utilizarse posteriormente el software que pueda desarrollarse.
(3) Durante las pruebas que puedan ser necesarias o la prueba de aceptación, el cliente estará presente personalmente o designará a empleados competentes facultados para evaluar y decidir de forma vinculante sobre defectos, reducciones de funcionalidad y modificaciones de la estructura del programa. El proveedor facilitará los datos de prueba que puedan ser necesarios.
(4) Si el proveedor presenta al cliente diseños, versiones de prueba del programa o similares, el cliente deberá examinarlos detenidamente. Las reclamaciones o solicitudes de modificación deberán comunicarse sin demora.
(5) Todos los recursos e interlocutores necesarios del cliente deberán estar identificados y disponibles, como muy tarde, al inicio del proyecto.
(6) Todas las cuestiones pendientes o nuevas sobre los requisitos deberán aclararse rápidamente en cada fase del proyecto. Los retrasos pueden afectar a las fechas y los costes.
(7) El proveedor adoptará un enfoque proactivo en la ejecución de este contrato y de todos los servicios para garantizar soluciones y servicios adecuados, teniendo especialmente en cuenta el estado actual de la técnica.
(5) Todos los documentos, materiales e información que una parte facilite a la otra para ejecutar el contrato solo podrán reproducirse para uso propio y no podrán ponerse a disposición de terceros. Deberán devolverse a la otra parte, incluidas las copias realizadas, en cuanto dejen de ser necesarios para ejecutar el proyecto, salvo pacto en contrario.
5. Solicitudes de modificación posteriores
(1) El proveedor no está obligado a atender las solicitudes de modificación del cliente relativas al alcance funcional, la estructura del programa, el diseño de las pantallas u otras características si suponen una desviación del contenido original del contrato.
(2) El proveedor podrá atender las modificaciones solicitadas a cambio de una remuneración adicional razonable (Change Request) que, salvo pacto en contrario, se calculará en función del trabajo realizado y de las tarifas horarias habituales del proveedor.
(3) El proveedor no está obligado a revelar sus cálculos de costes.
(4) Las modificaciones que deban realizarse y las ampliaciones de plazo asociadas no serán imputables al proveedor.
6. Transmisión de derechos
(1) Con el pago íntegro de los importes parciales vencidos hasta la aceptación, incluida esta, el cliente adquiere la propiedad de todos los bienes muebles debidos contractualmente. Se permite el uso gratuito de los bienes entregados antes de la aceptación.
(2) Con el pago íntegro de los importes parciales vencidos hasta la aceptación, incluida esta, el cliente adquiere el derecho simple, no exclusivo y de duración ilimitada a utilizar el software objeto del contrato en código objeto, con el alcance definido, en todo el grupo empresarial. Se aplicarán adicionalmente las disposiciones de los §§ 69a y siguientes de la UrhG en el sentido de una adquisición permanente mediante una licencia de pago único. También se permite el uso gratuito con fines de prueba antes de la aceptación. El código fuente no es objeto de la transmisión de derechos.
(3) Si el cliente vende total o parcialmente el resultado del servicio de programación o lo traslada por un cambio de ubicación o una reforma, deberá comunicarlo al proveedor. Todos los derechos y obligaciones de este contrato seguirán aplicándose sin cambios al nuevo establecimiento.
7. Aceptación
(1) Dado que el proveedor realiza todos los servicios conforme a la metodología ágil, el cliente aceptará los artefactos de software al final de cada sprint, siempre que se trate de prestaciones sujetas a un contrato de obra. El proveedor demostrará que los servicios acordados al inicio del sprint se han implementado correctamente.
(2) Al finalizar el proyecto, este se presentará al cliente en su conjunto para su aceptación.
(3) Una vez cumplidas las disposiciones anteriores, el cliente estará obligado a emitir una declaración de aceptación por escrito a petición del proveedor. La aceptación no podrá denegarse de forma injustificada. La aceptación no podrá denegarse por defectos de escasa importancia.
(4) El proveedor podrá fijar un plazo razonable para emitir la declaración de aceptación, transcurrido el cual el servicio de programación se considerará aceptado.
8. Remuneración
(1) Los servicios se facturarán mensualmente al final de cada mes en función del trabajo y los recursos empleados («Time & Material»). En la última factura se incluirá cualquier importe a tanto alzado que pudiera quedar pendiente.
(2) La facturación se realizará por vía electrónica, mediante correo electrónico en formato PDF, sobre la base de la Ley de simplificación tributaria, § 14 UStG. El PDF se considerará original y no serán necesarias facturas separadas en papel. Para ello, el cliente deberá comunicar al proveedor una dirección de correo electrónico antes del inicio del proyecto.
(3) Todas las remuneraciones se abonarán sin deducciones y vencerán, salvo pacto en contrario, a más tardar 10 días después de la recepción de la factura.
(4) El cliente solo podrá compensar créditos del proveedor si su contracrédito no es controvertido o ha sido reconocido mediante resolución firme. El cliente solo podrá ejercer un derecho de retención en la medida en que su contracrédito se base en el mismo contrato.
9. Garantía por defectos
(1) Las reclamaciones por defectos prescriben a los 12 meses desde la aceptación. El cómputo del plazo se suspenderá si el cliente comunica un defecto dentro de ese plazo.
(2) Durante dicho plazo, el proveedor subsanará los defectos fundados mediante dos intentos de cumplimiento posterior, ya sea mediante reparación o entrega sustitutiva. En caso de errores leves, el proveedor podrá optar por facilitar una solución alternativa y subsanar definitivamente el defecto con la entrega de la siguiente actualización. Durante este tiempo queda excluido el derecho del cliente a resolver el contrato o reducir la remuneración. Si la reparación fracasa varias veces y no resulta razonable exigir al cliente que siga esperando, este podrá desistir del contrato o reducir la remuneración. Además, el cliente podrá exigir, conforme a las disposiciones legales, una indemnización por daños y perjuicios en lugar del cumplimiento o el reembolso de los gastos realizados en vano. A este respecto se aplica el § 10.
(3) Solo se considerará que la reparación o la entrega sustitutiva han fracasado cuando se haya concedido al proveedor una oportunidad suficiente para realizarlas, cuando sean imposibles, cuando el proveedor las rechace injustificadamente o las retrase de forma irrazonable, o cuando existan dudas fundadas sobre sus perspectivas de éxito.
10. Responsabilidad
(1) Las reclamaciones del cliente por daños y perjuicios o por el reembolso de gastos realizados en vano se regirán por esta cláusula, con independencia de su naturaleza jurídica.
(2) El proveedor excluye su responsabilidad por incumplimientos de obligaciones debidos a negligencia leve.
(3) Por lo demás, en virtud de este contrato, el proveedor responderá ilimitadamente por incumplimientos en caso de dolo, negligencia grave y culpa grave en la organización, por daños derivados de lesiones a una persona (vida, integridad física o salud), con independencia del tipo de culpa, y cuando haya asumido una garantía.
(4) En caso de incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales y de incumplimientos graves, fuera de los casos mencionados en el apartado 2, la responsabilidad del proveedor estará limitada en su cuantía al daño previsible y típico del contrato.
(5) En todos los demás casos, la responsabilidad del proveedor estará limitada a la remuneración debida contractualmente, con un máximo de 50.000 euros.
(6) La responsabilidad conforme a la Ley de responsabilidad por productos no se verá afectada.
(7) La responsabilidad del proveedor por una pérdida de datos del cliente estará limitada al coste habitual de recuperación que se habría producido de haberse realizado copias de seguridad periódicas y adecuadas al riesgo.
(8) El proveedor no responde por materiales de ningún tipo que el cliente le haya remitido y facilitado.
(9) El proveedor no responde si una app desarrollada por él no se aprueba debido al rechazo de la tienda de aplicaciones en la que deba publicarse. Las plataformas de aplicaciones se reservan el derecho a rechazar las apps que no cumplan sus directrices. Las adaptaciones, correcciones o ampliaciones necesarias para ajustar la app a las directrices de la tienda de aplicaciones correspondiente y permitir su publicación se facturarán por separado. Estos costes son independientes de los servicios de desarrollo acordados inicialmente y se comunicarán al cliente de forma transparente. El proveedor se compromete a hacer todo lo posible para garantizar que la app cumpla las normas de la tienda de aplicaciones correspondiente. Sin embargo, no asume responsabilidad por decisiones que escapen a su control, en particular por la evaluación y aceptación por parte de la tienda de aplicaciones correspondiente.
11. Disposiciones finales
(1) Si alguna disposición de este contrato o de sus anexos referenciados fuera o deviniera ineficaz, ello no afectará a la validez de las demás disposiciones. Las partes se comprometen a colaborar para acordar una disposición que cumpla en la mayor medida posible la finalidad económica de la disposición ineficaz y la sustituya.
(2) Las modificaciones y adiciones deberán constar por escrito. Esto también se aplica a la supresión de esta cláusula.
(3) Se aplicará exclusivamente el derecho alemán, con exclusión de las disposiciones del derecho uniforme de compraventa de las Naciones Unidas (USG).
(4) El proveedor podrá mencionar al cliente y al proyecto realizado para él como referencia en sus sitios web (https://cuisine.digital y https://appcuisine.de), en presentaciones y exposiciones en eventos, así como en medios impresos. El cliente concede al proveedor los derechos de uso del nombre y/o logotipo y lo exime de cualquier responsabilidad a este respecto. El proveedor se compromete a cumplir las directrices existentes (p. ej., de identidad corporativa) relacionadas con el uso del nombre y/o logotipo del cliente. El cliente podrá revocar esta autorización en cualquier momento y sin indicar motivos.
(5) El lugar de cumplimiento es Hannover.
(6) En la medida en que sea admisible, las partes acuerdan Hannover como fuero competente.